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Ley No. 27075 |
Ley No. 27075 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE SUSTITUYE Y MODIFICA ARTICULOS DE LA LEY DE LA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADAArtículo 1o.- Sustituye el artículo 17o del Decreto Ley No 21621Sustitúyase el artículo 17o del Decreto Ley No 21621, Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, por el texto siguiente: "Artículo 17o.- Dentro de los quince primeros días de cada mes, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos publica en el Diario Oficial "El Peruano", la relación de las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada cuya constitución, disolución o extinción haya sido inscrita durante el mes anterior, con indicación de su denominación o razón social y los datos de su inscripción.Artículo 2o.- Modifica el artículo 82o del Decreto Ley No 21621 Modifícase el artículo 82o del Decreto Ley No 21621, Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: "Artículo 82o.- La empresa se disuelve mediante escritura pública en la que consta la causal de disolución y el nombramiento del liquidador, debiendo inscribirse tal acto en el Registro de Personas Jurídicas. La decisión del titular de disolver la empresa debe publicarse dentro de los diez días de adoptada, por tres veces consecutivas.Artículo 3o.- Deroga artículo 54o del Decreto Ley No 21621 Derógase el artículo 54o del Decreto Ley No 21621, Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los once días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. RICARDO MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la República CARLOS BLANCO OROPEZA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República CARLOTA VALENZUELA DE PUELLES Ministro de Justicia |
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