LEY No. 27017
Promulgada el 21.DIC.98
Publicada el 22.DIC.98

Ley No. 27017
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA,
Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PRECISA LOS ALCANCES DE LA SEXTA DISPOSICION FINAL DE LA LEY No. 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES

Artículo Unico.- Objeto de la Ley.
Precísase que la Sexta Disposición Final de la Ley No. 26887, Ley General de Sociedades, comprende igualmente la vigencia del Artículo 10o. de la Ley No. 26876, Ley Antimonopolio y Antioligopolio del Sector Eléctrico.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los once días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Congreso de la República
RICARDO MARCENARO FRERS
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
ALFREDO QUISPE CORREA
Ministro de Justicia

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